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Reglamento para los participantes en actividades de aventura

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1.- Todo participante inscrito en cualquier actividad de la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce, A.C.  da por aceptado el presente Reglamento.

Art. 2.- Es obligación del participante proporcionar en forma verídica, puntual y acorde a como aparezcan en sus documentos de identificación todos los datos personales que le sean solicitados para llevar a cabo su registro en la actividad de su elección  antes de la fecha de cierre de inscripción a la misma, ya que con esta información se realizarán los trámites administrativos correspondientes al endoso de la póliza del seguro de aventura.  En caso de que el participante no proporcione sus datos en corcondancia a como aparecen en sus documentos oficiales de identificación, Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catoce A.C. se deslinda de cualquier responsabilidad por la imposibilidad de hacer válido el seguro contra accidentes y gastos médicos. 

 

Art. 3.- No podrán participar en las actividades físicas al aire libre las personas que se encuentren convalecientes o en periodo de recuperación de lesiones físicas graves, cirugías ni tratamientos médicos con prescripción de reposo o que cuenten con impedimentos médicos (problemas cardiacos, óseos,  hemofilia,  epilepsia, hipertensión, embarazo, etc.) ni siquiátricos  que puedan poner en riesgo su integridad o salud al practicar las actividades descritas.

 

Art. 4.- Queda estrictamente prohibido presentarse a cualquier actividad física, didáctica, académica, exposición, ponencia, taller, curso o similar bajo el influjo de alguna droga (a excepción de aquellas previamente prescritas por un médico y necesarias para preservar la salud), alcohol ni ninguna otra sustancia que afecte la capacidad de concentración y la respuesta psicomotriz. Así mismo queda estrictamente prohibido el consumo de estas sustancias durante el desarrollo de la actividad y hasta que el instructor declare como terminada la misma.

 

El participante que se presente a cualquier tipo de actividad bajo el influjo de alcohol o drogas, no podrá integrarse a la misma sin responsabilidad alguna para la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce, A.C. ni podrá solicitar reembolso por el importe de la actividad a la que no se le permitió el ingreso.

Art. 5.- La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. se reserva todos los derechos sobre las rutas de acceso, coordenadas de ubicación, mapas, materiales didácticos y demás información proporcionada para la realización de sus actividades y por lo tanto se prohíbe la utilización de dispositivos GPS durante los recorridos, tomar fotografías explicitas de sistemas técnicos instalados temporales y/o permanentes para la realización de la actividad, así como la reproducción, divulgación y/o distribución en cualquier medio impreso o electrónico de dicha información sin autorización previa.

Art. 6.- Es responsabilidad de cada participante cuidar y preservar el área natural donde desarrollaremos nuestras actividades evitando su contaminación, daño a la flora y fauna, sustracción de recursos con cualquier finalidad (académico, científico y/o uso particular) o deterioro de los mismos.  Queda estrictamente prohibido dejar basura al término de nuestras actividades.

 

Art. 7.- En caso de ocasionar daños, sustracción de recursos en forma ilegal o cualquier otro deterioro con implicaciones judiciales, será responsabilidad individual del participante resarcir el daño causado con base en las leyes mexicanas que apliquen.

 

Art. 8.- En todo momento nos comprometeremos a desarrollarnos en forma respetuosa al grupo, así como a evitar conductas ofensivas y/o discriminatorias hacia los demás participantes, instructores, prestadores de servicios y demás personas presentes durante nuestra actividad.

 

Art. 9.-  Para todas las actividades a realizarse al aire libre es obligación del participante firmar carta responsiva donde declara haber sido informado del tipo y naturaleza de la actividad y en forma consciente e informada declara ser apto para realizar dicha actividad. La carta responsiva deberá de incluir información fidedigna para contactar a las personas indicadas por el participante en caso de emergencia y deberá de ir firmada por el participante y dos testigos.

 

En el caso de menores de edad, el padre o tutor es la única persona autorizada para firmar dicho documento.

 

Art. 10.- Debido a la naturaleza de las actividades a realizar, se señalará en forma clara la edad mínima para participar en cada una de ellas.  No podrán presentarse menores de 14 años a las actividades sin la presencia de un padre o tutor que se encargue de su atención personal y necesidades. 

 

Art.  11.- Queda estrictamente prohibido llevar mascotas a las actividades, salvo que la actividad lo especifique en su convocatoria

 

Art.  12.- Las inscripciones para las actividades se realizarán en el lugar, días y horario establecidas por la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce, A.C.  debiendo estar liquidado el importe de la actividad a la fecha limite indicada. El participante que no realice la liquidación de la actividad al plazo indicado, perderá su derecho de participación  y  no podrá solicitar reembolso del importe que haya abonado.  En caso de requerir algún cambio o cancelación en su inscripción, deberá de apegarse en lo establecido en las politicas de cancelación y cambio de actividad disponible en nuestra información comercial.

CAPITULO II: DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD

Art. 13.- Es obligación del participante revisar y constatar bajo la supervisión de su instructor el  buen estado del equipo de seguridad personal adecuado para las actividades a realizar. Así mismo el participante es  responsable  por su buen uso y cuidado del equipo recibido de acuerdo a las indicaciones del fabricante y que serán hechas de su conocimiento por medio del instructor.  En caso de negligencia ó dolo en su utilización y/o cuidado que resulte en el daño de los mismos, el participante deberá de reponer el equipo dañado.

 

Art. 14.- Queda estrictamente prohibido quitarse el equipo de protección personal hasta que el instructor lo indique, así como permanecer en el área de desarrollo de las actividades sin portar el equipo de protección personal completo.

 

Art. 15.- En caso de necesitar retirarse del grupo para realizar alguna necesidad o actividad, es obligatorio notificar al instructor para ello. En caso de necesidades fisiológicas se deberá evitar en todo momento la contaminación de mantos acuíferos, zonas de acampado, etc. En caso de que la naturaleza de la actividad lo requiera o  el participante que necesita retirarse sea menor de edad, el grupo deberá esperar al regreso del participante para continuar con la misma.

 

Art. 16.- Debido a la naturaleza de las actividades a efectuarse, si ésta ya ha sido iniciada podrá ser suspendida temporalmente o modificada debido a la aparición súbita de condiciones inseguras para ser llevada a cabo tales como fenómenos hidrometeorológicos, geológicos, antropogénicos, falta de capacidad técnica de los participantes o cualquiera otra situación que puedan poner en riesgo la integridad física o seguridad de las personas presentes en la actividad. En caso de que el guía determine la modificación o suspensión debido a la presencia de alguna de estas condiciones se considerará como negligencia por parte del participante el que continúe desarrollando la actividad sin autorización.  

En caso de que debido al monitoreo sistemático de las condiciones atmosféricas previas al inicio de una actividad se determine que no existen las condiciones adecuadas para su realización en forma segura,  será reprogramada a nueva fecha pudiendo hacer reembolso al participante que no pueda participar en la nueva fecha acordada.

 

Art. 17.- La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce, A.C. no se hace responsable de un accidente ocasionado por la imprudencia, negligencia o temeridad de cualquier participante.

 

Art. 18.- En todas las actividades a realizar a la intemperie por parte de la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. se especificará en forma clara los requerimientos que deberá de cubrir el participante en forma personal para asegurar su comodidad y seguridad en lo relativo a:

 

a)  Clase y tipo de calzado adecuado

b)  Clase y tipo de ropa necesaria

c)  Cantidad de alimentos necesarios, agua y artículos de cocina

d) Recomendaciones sobre tipo y clase de bolsa de dormir de acuerdo a las condiciones ambientales esperadas.

e)  Recomendación del tipo de mochila y cantidad de bultos o equipaje que pueda portar cada participante.

f) Objetos personales de seguridad: lámpara manos libres, impermeable, botiquín personal, etc.

g) Equipo personal para el desarrollo de la actividad que no será provisto por la Escuela como por ejemplo: bastones de senderismo, lentes UV, piolet, crampones, etc.

 

Es responsabilidad del participante verificar el listado de artículos necesarios para la actividad  y cada participante deberá de portar el material solicitado ya que lo contrario y dependiendo de la omisión el guía puede determinar incluso hasta no permitirle participar en la actividad por su propia seguridad.  En este caso no procederá la solicitud de reembolso para el participante.

 

Art. 19.- El encendido de fogatas solo se realizará en el área adecuada y previamente indicada para ello, debiendo utilizar en todo caso que sea posible material combustible (ramas, yesca, estiércol de bovinos, etc) que se encuentren tirados en el suelo y se evitará en toda la circunstancia posible la utilización de ramas de árboles sanos.  Al momento de levantar el campamento se deberá de verificar en forma exhaustiva que la fogata haya sido sofocada correctamente con agua y cubierta con tierra para evitar incendios forestales.

 

Art. 20.- Todos los participantes en una actividad al aire libre deberán de observar las siguientes indicaciones generales para acampar:

 

a)Preferentemente utilizar áreas destinadas para ese fin. Solo si existiera la necesidad de utilizar áreas vírgenes se vigilará no lesionar las áreas de manera permanente y menos cuando den muestras que son áreas que están en recuperación.

b)Ubicar los sanitarios, a una distancia mínima de 100 metros de donde se encuentre cualquier cuerpo de agua.

c)Caminar en las rutas marcadas por los senderos o por los lugares más resistentes.

d)Acampar lejos de pozos y manantiales, así como de lugares de alimentación para la vida silvestre, nidos etc.

e)No dejar residuos de comida u utensilios sucios al alcance de la fauna local.

f)La basura orgánica podrá ser enterrada en el lugar donde acampemos si el reglamento del lugar y sus características lo permitieran.  En caso contrario, deberá de ser regresada al lugar de origen junto con los residuos inorgánicos.

g)El papel higiénico deberá de ser enterrado en el área utilizada como sanitario si el reglamento del lugar y sus características lo permiten.   En caso contrario, deberá de ser regresada al lugar de origen junto con los demás residuos.

h)Se deberá de respetar la hora de silenciamiento indicado por el instructor.

i)Queda estrictamente prohibido hacer escándalo, ruidos estrepitosos, escuchar música a alto volumen o causar cualquier otra perturbación que pueda molestar a la fauna local y otros campistas.

 

CAPITULO III: ARTICULOS PROHIBIDOS, ACTOS VANDALICOS Y DERECHO DE ADMISIÓN. 

Art. 18.-Todo acto vandálico, inapropiado o que  infrinja las Leyes Mexicanas vigentes, Código Civil, Reglamentos y demás legislación que aplique a todos los ciudadanos, será responsabilidad exclusiva del infractor si éste fuera mayor de edad y en caso de que la infracción fuera cometida por un menor de edad, la responsabilidad exclusiva será de sus padres o tutores, debiendo de asumir dicha responsabilidad ante las autoridades correspondientes.

 

Art. 19.- Por seguridad de todos los participantes, no deberá de utilizarse ropa camuflajeada tipo militar en las actividades al aire libre, así mismo queda prohibido  la utilización de banderines o insignias que puedan ligar a la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C., sus instructores o participantes con cualquier grupo político, militar o  táctico.

 

Art. 20.- Queda estrictamente prohibido la portación de armas de fuego, navajas militares, ni ningún otro tipo de arma utilizado en prácticas de combate durante nuestras actividades.  En caso de que la actividad requiera la utilización ó portación de navaja multiusos, cuchillo de campo o similar, exclusivamente podrán ser portados  por participantes mayores de edad y deberán de encontrarse debidamente guardados en el estuche correspondiente dentro de su mochila junto con sus demás artículos requeridos.

 

Art. 21.- Queda estrictamente prohibido realizar actos de proselitismo políticos y/o religioso dentro de las actividades dirigidas por la Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C.

 

Art. 22.- Cualquier daño efectuado al transporte ocasionado por alguna  acción dolosa o accidental  por parte del participante será cubierta en forma individual por el mismo con base al importe de la reparación correspondiente que establezca el transportista.

Art. 23.- La Escuela para Actividades al Aire Libre Carbono Catorce A.C. se reserva el derecho de admisión en todas sus actividades a los participantes que incurran en cualquiera de las siguientes situaciones:

 

A) No cumplan con los requisitos publicados para desarrollar la actividad

B) Falsen datos personales,

C) Se presenten a la actividad acompañados de observadores no autorizados.

D) Violen los códigos éticos, reglamentos o valores de nuestra asociación

CAPITULO IV: CANCELACIONES, CAMBIOS Y NO SHOW.

Art. 24 Para cancelar la participación de un asistente y solicitar la devolución de pago o cualquier cambio, deberá de hacerse sin excepción antes de la fecha límite de inscripción indicada en la actividad en cuyo caso se reembolsará la cuota pagada, menos el 25% del total por concepto de gastos administrativos. Cerrada la fecha de inscripciones no se pueden realizar cambios. 

Art. 25.- Participante que no se presente al lugar de salida, no se hará devolución de anticipos ni podrá reprogramar su participación.

 

Art. 26.- Debido a la logística de nuestras actividades, el mínimo de participantes inscritos deberá de ser de 10 personas. Si al día de cierre de inscripciones no se ha concretado el grupo mínimo de participación se pueden ofrecer las siguientes opciones:

 

a) Devolución del importe depositado al participante. 

b) Cambiar la inscripción para algún otro curso o salida del interés del participante.

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